Tesis de la caballerosidad
Analizamos la "tesis de la caballerosidad" de la mano del trabajo "La mujer ante el Derecho Penal", publicado en 1992 por la penalista de la Universidad de Barcelona Elena Larrauri en La Revista de Derecho Penal y Criminología.
La tesis de la caballerosidad fue una teoría que gozó de bastante reconocimiento, bajo la cual se sostuvo que el menor índice de mujeres encarceladas no obedece a que éstas delincan menos, sino a un presunto trato benévolo por parte los jueces.
Elena Larrauri |
Esta teoría ha sido refutada desde diferentes trabajos, para Elena Larrauri los principales argumentos son, siguiendo a Smaus (1990), que no es el “sexo” la variable fundamental del trato más benévolo que recibirán las mujeres si no el “sex appeal”, algo muy diferente. Y en segundo lugar, la mujer podría recibir un trato más benévolo cuando el delito o situación personal responda a las expectativas de comportamiento femenino. Sin embargo, recibirá un trato más severo cuando el delito no sea específicamente femenino o cuando ella no se adecúe a la imagen de mujer convencional (casada, madre de familia, dependiente económicamente, respetable…).
Señala la autora que lo que está detrás de las cifras es que las mujeres en general cometen menos delitos, estos no son tan violentos y tienen roles secundarios en las comisiones de los delitos. Además en el caso de las mujeres jóvenes es, al contrario, estas reciben un trato más duro que sus congéneres (Larrauri, 1992, pág. 301) .
Concluye Elena Larrauri señalando que la variable adicional al tipo de delito que se toma en consideración en el momento de determinar la pena varía en función del género, por ello, es la mujer que carece de control informal representado por la familia la que recibe todo el peso de la ley, ella es doblemente desviada, al haber vulnerado el código penal y el código normativo que regula los comportamientos adecuados a cada género, confirmándose lo que ya afirmaba Lombroso desde sus teorías criminológicas y es que la mujer criminal es un monstruo (Larrauri, 1992, págs. 300-301) .
Este es uno de los tantos ejemplos que tenemos de cómo el derecho penal continúa siendo discriminador con las mujeres.